Crear empresa
A través de este sitio, nuestros usuarios podrán conocer los pasos que necesitan para dar vida a su idea de negocio o emprendimiento, para que no improvise en ese importante propósito de tal manera pueda hacerlo realidad.
Asesoría Empresarial
RESPONSABILIDAD DEL EMPRESARIO
REQUISITOS PREVIOS AL INICIO DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA
- Cumplir las normas referentes al uso del suelo, destinación o finalidad para la que fue construida la educación y su ubicación.
- Matricular o inscribirse en la Cámara de Comercio de la respectiva jurisdicción donde se desarrolle la actividad.
- Comunicar la apertura del establecimiento al comandante de la estación o subestación de policía del lugar donde funciona el mismo.
- Para la comercialización de equipos móviles se deberá contar con el permiso o autorización expedido por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o su delegado.
REQUISITOS DURANTE LA EJECUCION DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA
- Cumplir con las normas referentes a los niveles de intensidad auditiva.
- Cumplir con los horarios establecidos para la actividad económica.
- Cumplir con las condiciones de seguridad, sanitarias y ambientales determinadas en el código de Policía.
- Para aquellos establecimientos donde se ejecuten públicamente obras musicales causantes de pago, protegidas por las disposiciones legales vigentes sobre derechos de autor, mantener y presentar el comprobante de pago al día.
- Los prestadores de servicios turísticos deben contar con el Registro Nacional de Turismo.
- Mantener vigente el registro mercantil o inscripción y renovarlo oportunamente.
RESPONSABILIDADES ANTE CÁMARA DE COMERCIO
- Las personas jurídicas, deberán registrar los libros de actas y libro de socios, asociados o accionistas en el caso de las personas jurídicas.-Informar a la Cámara de Comercio en el proceso de renovación la información financiera real, en especial los activos totales e ingresos por actividad ordinaria que hagan parte de su empresa o actividad económica.
- Renovar la matrícula mercantil o inscripción anualmente dentro de los tres primeros meses de cada año.
- Informar los cambios de información básica que realice en desarrollo de la actividad o del giro ordinario de la empresa.
- Informar oportunamente el cese de la actividad comercial y/o cancelar la matrícula.
- Depositar los estados financieros de la sociedad comercial en los términos en que lo señale la ley.
- En las personas jurídicas, se debe solicitar el registro de las decisiones o actos que por ley deban ser registradas para su publicidad y oponibilidad.
OBLIGACIONES ANTE LA SECRETARÍA DE HACIENDA MUNICIPAL
- Pagar el impuesto de industria y Comercio ante la Secretaria de Hacienda Municipal a partir del año siguiente al de su matrícula. -El impuesto se paga sobre el valor total de los ingresos brutos recibidos por el contribuyente. Tales como ventas, comisiones, intereses, honorarios, pagos por servicios prestados y todos aquellos originados o conexos con la actividad gravada.
OBLIGACIONES ANTE LA DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES –DIAN
- Inscribirse en el RUT (cuando es persona jurídica la cámara de comercio se lo expide y si es persona natural y jamás lo ha tenido puede obtenerlo en su matrícula mercantil).
- Llevar contabilidad, pero si es persona natural y pertenece al régimen no responsable de IVA deberá llevar el libro fiscal o un registro de operaciones diarias.
- Exhibir en un lugar visible de su establecimiento el RUT correspondiente al régimen tributario.
- Actualizar el RUT cuando presente cambios en la actividad comercial, dirección, etc.
- Informar a la DIAN sobre el cese de actividades.
- Suministrar la información cuando la DIAN así lo requiera.
- Si es persona natural deberá declarar renta cuando supere los topes establecidos en la ley, y de acuerdo al calendario tributario publicado en la página web de la DIAN.
- Si es persona jurídica, es importante verificar la actividad económica y objeto, aunque por regla general, están sometidas al Impuesto de renta, impuesto sobre las ventas y retención en la fuente conforme al Estatuto Tributario Nacional.
CONSULTA DE NOMBRE
Verificación Principal
Verifique si el nombre que quiere ponerle a su empresa está disponible, es decir, que ninguna otra empresa en Colombia lo haya registrado anteriormente. De acuerdo con la Ley, la Cámara de Comercio no registra nombres iguales a otros que ya se encuentren inscritos. En consecuencia, no se matricula a una persona natural o jurídica, ni a un establecimiento de comercio, sucursal o agencia que tenga el mismo nombre de otro ya inscrito.
Prevención de Sanciones
La inscripción por parte de la Cámara de Comercio de un nombre no significa que él no genere confusión o error en el mercado. Tenga en cuenta que la inscripción en el registro mercantil de un nombre similar a otro ya inscrito no impide la posible aplicación de sanciones por la autoridad competente.
Recomendaciones
Para evitar posibles sanciones legales, no matricule nombres que puedan generar confusión con otros ya registrados. Es conveniente que el nombre que pretenda utilizar sea tan distinto en lo posible de los que ya se encuentran registrados. Ninguna Cámara de Comercio del país se encuentra autorizada para reservar un determinado nombre.
Tiempos y Sociedades
Si entre el tiempo de la consulta del nombre y el momento que se presente para la inscripción el nombre sugerido ya se ha inscrito, no podrá acceder al registro. Es de precisar que la consulta no garantiza ninguna prioridad al nombre, ni ningún derecho a usarlo. Para evitar este inconveniente realice su matrícula lo antes posible. No son diferenciadores las expresiones que identifican el tipo de sociedad o que por ley deben añadirse al nombre (Ltda, S.A, S en C). Por ej: Carnes y Carnes S en C se considera idéntico al nombre Carnes y Carnes Ltda.
INSCRIPCIONES DE LIBROS
Las personas jurídicas están obligadas a llevar los siguientes libros:
Libro de actas
En el cual se asientan todas las decisiones del máximo órgano social como las asambleas o juntas de socios.
Libro de socios, asociados o accionistas
Donde se deja registro de la identificación de los socios, asociados o accionistas, sus aportes, la titularidad de cuotas o acciones etc.
Formato Físico o Electrónico
Ambos libros pueden llevarse de manera física o electrónica, para lo cual es importante tener en cuenta lo siguiente:
- Para obtener sus libros físicos, el representante legal podrá solicitarlo por escrito a través del formato habilitado por la cámara de comercio en el mismo trámite constitución o en un momento posterior en nuestra sede de atención.
- Si opta por llevar sus libros de manera electrónica tenga en cuenta que el representante legal de la persona jurídica, así como presidente y secretario de las reuniones deben contar con firma digital o electrónica.
