Encuentra respuestas claras y actualizadas sobre nuestros registros, servicios y trámites empresariales
Superintendencia de Industria y Comercio – Concepto 220-105465 de 2011
“El registro mercantil no sólo da cuenta de la existencia formal de un comerciante
o empresa, sino que permite al Estado ejercer funciones de inspección, vigilancia
y control sobre la actividad económica.”
Es un requisito necesario para dar oponibilidad a los actos desempeñados por los
comerciantes a terceros, además que también sirve para formalizar a los
comerciantes, permitir el control del Estado sobre sus actividades buscando
siempre garantizar la seguridad jurídica al sector empresarial.
Todo comerciante, persona natural o jurídica, que ejerza actividades comerciales
de manera habitual.
La persona natural es un individuo que ejerce actividades comerciales en su
propio nombre. Una persona jurídica es un ente distinto de los individuos que la
componen, con capacidad jurídica reconocida por el ordenamiento para ejercer
derechos y contraer obligaciones.
En la Cámara de Comercio de la jurisdicción donde ejerce las actividades
comerciales.
El plazo es desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo de cada año.
Formulario RUES actualizado y estados financieros (según corresponda).
De manera presencial en la sede de la Cámara o en línea a través de los canales
virtuales.
No renovar la matrícula genera, pérdida de beneficios legales y limitaciones para
contratar, facturar o acceder a licitaciones y en caso de las personas jurídicas,
cada acto que se lleve a cabo mientras la matricula no está renovada, pierde
oponibilidad ante terceros, además la no renovación por 5 años las cámaras
depuran.
Presentando solicitud formal escrita, junto con los requisitos establecidos por las
normativa vigente. matricula no está renovada, pierde
oponibilidad ante terceros, además la no renovación por 5 años las cámaras
depuran.
Es la coincidencia en el nombre o razón social, entre dos establecimientos o
empresas. No se puede registrar un nombre ya existente.
Sí. Se debe presentar una solicitud de modificación ante la Cámara de Comercio,
adjuntando el formulario RUES con el nuevo nombre y cumpliendo los requisitos
establecidos.
Debes diligenciar el formulario RUES con los nuevos datos y presentarlo con los
documentos soporte.
Puedes consultarlas actualizadas en la página web oficial de la Cámara de
Comercio.
Inscripción es el registro inicial de una actividad o entidad; renovación es la
actualización anual de ese registro.
En nuestra página web, encontreras el paso a páso para inscribirte como persona
natural o jurídica.
En nuestra página web, encontreras el paso a páso para inscribirte como persona
natural o jurídica.
Sí. Se puede hacer en cualquier momento, pagando los valores pendientes y los
recargos aplicables.
Sí. Puedes usar una dirección de correspondencia mientras defines un local físico.
Sí. Toda actividad comercial habitual debe estar registrada, sin importar el canal
de venta. En relación con esta pregunta se respalda la ley 527 de 1999.
Sí. Debes entregar un poder notariado con autorización de realizar dicho trámite
firmado y copia del documento de identidad de ambos.
Sí. Puedes solicitar la corrección con los soportes correspondientes y dentro de
los plazos legales; la modificación tendrá un costo determinado por la Ley.
Acceso a legalidad, licitaciones, financiación, confianza para tus clientes y
respaldo institucional.
Sí. Ofrecemos orientación gratuita para estructurar tu idea de negocio.
Sí. Contamos con talleres, capacitaciones y asesorías sin costo para fortalecer tu
emprendimiento.
Sí. Si realizas actividades comerciales.
Son trámites diferentes y complementarios. Ambos son necesarios para operar
legalmente.
Sí. Puedes actualizar el código CIIU en cualquier momento a través del formulario
RUES.
Es el registro obligatorio para las personas naturales o jurídicas que deseen
contratar con entidades estatales.
Habilitación jurídica, experiencia, capacidad financiera y organizacional del
proponente.
Personas jurídicas nacionales o extranjeras con sucursal en Colombia, también
naturales nacionales o extranjeras, interesados en participar en procesos de
licitación con entidades públicas.
desde el 1 de enero hasta el 5 de abril de cada año.
Se pierde la antigüedad del registro lo que imposibilita contratar con entidades
públicas.
Consultas y orientación. La inscripción, renovación y expedición de certificados sí
tienen costo.
En el sitio web oficial de la Cámara o en la sede física.
A través de solicitud escrita dirigida a la Cámara con los soportes requeridos.
Los establecidos por la Ley 1150 de 2007: jurídicos, financieros, técnicos y
experiencia.
Tienes 10 días hábiles para reingresarlo. Se puede pedir prórroga una sola vez
Sí. Ambos trámites pueden realizarse a través de la página web de la Cámara de
Comercio.
Sí. Puede actualizarse siempre que se justifique y se presenten los documentos
de soporte requeridos menos la parte financiera esta solo si es sociedad vigilada
por la Superintendencia de sociedades.
La experiencia en el RUP puede acreditarse mediante alguno de los siguientes
documentos:
Certificación del cliente donde conste el valor, objeto y terminación del
contrato, con los códigos del clasificador de bienes y servicios.
Acta de liquidación con declaración del proponente y representante
legal.
Copia del contrato ejecutado con declaración del valor y objeto.
Certificación parcial para contratos de tracto sucesivo.
Órdenes de compra, servicio o aceptación de oferta, con soporte del
valor y objeto.
Experiencia de socios, accionistas o participación en uniones
temporales (para empresas con menos de 3 años).
Documentos de conformación de consorcios o uniones temporales, si
aplica.
Todos los valores deben estar expresados en salarios mínimos legales
mensuales vigentes (SMMLV).
Es el registro obligatorio para quienes prestan servicios turísticos. Es gratuito,
100% virtual y da legalidad para operar.
Alojamientos, agencias de viaje, operadores turísticos, guías, restaurantes,
transporte especializado, entre otros.
Un (1) año. Se debe actualizar anualmente antes del 31 de marzo..
El prestador queda suspendido y no puede ejercer actividades turísticas
legalmente.
Se pierde la antigüedad del registro lo que imposibilita contratar con entidades
públicas.
Nombre del prestador, número de inscripción, dirección, actividad turística, CIIU y
fecha de vigencia.
Formulario RNT, RUT actualizado, copia de matrícula mercantil y requisitos
específicos según la actividad.
Sí. Es un requisito obligatorio tener la matrícula renovada para poder acceder al
Registro Nacional de Turismo.
Debes inscribir cada uno de ellos en el RNT de manera individual. Cada uno debe
tener si RNT.
No. El RNT es obligatorio incluso para quienes prestan servicios turísticos de
forma eventual.
Sí. Lo importante es que tu actividad esté relacionada con servicios turísticos y
cumplas los requisitos.
Sí. Todo prestador de servicios turísticos debe contar con RNT, incluyendo
alquileres por plataformas.
Multas, cierre temporal o definitivo del establecimiento, y sanciones
administrativas.
En el sitio web del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo o en la Cámara.
Haz clic aquí y accede al portal oficial: https://rnt.confecamaras.co/home
¡Cumple con la normativa y opera legalmente!
Es el registro de organizaciones como fundaciones, asociaciones, corporaciones,
etc., que no persiguen fines de lucro.
Alojamientos, agencias de viaje, operadores turísticos, guías, restaurantes,
transporte especializado, entre otros.
Partidos políticos, universidades públicas, iglesias, entre otras.
Mediante acta de constitución, estatutos firmados, designación de representantes
legales y requisitos establecidos según la denominación por la que se opte.
Mínimo una (1) persona natural o jurídica.
Sí, cumpliendo con los mismos requisitos que una empresa.
Sí, también deben renovar anualmente.
No. Pero sí deben pagar derechos de inscripción por actos sujetos a registro.
Sí. Deben presentarlos anualmente junto con el formulario de actualización.
Deben renovar anualmente, actualizar información y presentar estados
financieros.
Se expone a ser excluida del registro, perder personería jurídica y estar sujeta a
sanciones.
Sí. Siempre que cumplan con los requisitos legales y estatutarios.
No. Puedes inscribirte con experiencia previa válida, aunque no tengas contrato
actual.
Es el Registro de Entidades Operadoras de Libranza. Es obligatorio para quienes
prestan este servicio.
En la sede de la Cámara de Comercio o por medio digital.
Anualmente, dentro de los tres primeros meses del año.
Puedes ser sancionado por la Superintendencia de Industria y Comercio y otras
autoridades competentes.
Formulario, RUT, certificados de existencia y representación legal, estados
financieros, entre otros.
Haz clic aquí para registrarte o renovar: https://runeol.rues.org.co/
¡Formaliza tu operación y cumple con la normatividad vigente!
Libros de actas, contables y de socios o accionistas.
Presentando libro foliado físico o electrónico y el comprobante de pago.
Cualquier modificación al objeto, capital, domicilio, nombre o duración de la
entidad.
No todos. Solo aquellos exigidos por la ley según el tipo de entidad o actividad.
Las personas jurídicas, algunos comerciantes y entidades sin ánimo de lucro, de
acuerdo con sus obligaciones legales.

Presencialmente en la sede de la Cámara
Horario de atención: lunes a viernes
08:00 a.m. a 05:00 p.m horario continuo.
Carrera 8 # 16-76 barrio Lincoln, Soacha
Por WhatsApp empresarial
3102272379
Por correo electrónico
contactenos@camaradecomerciosoacha.org.co
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Única sede
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